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Excepciones de la visa de México

Excepciones de la visa de México

Si desea viajar a México, debe saber cuales son las excepciones de la Visa para ingresar.

 

FACILIDADES MIGRATORIAS

No requerirán visa los extranjeros que sean beneficiarios de alguna de las facilidades migratorias que otorga el Gobierno de México, mismas que son aplicables a portadores de pasaporte ordinario y a portadores de pasaporte no ordinario:

  1. Visa válida y vigente de entradas múltiples de Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o cualquier país que pertenezca al espacio de Schengen.
  2. Tarjeta de residente permanente en Canadá, Chile, Colombia, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Perú o cualquier país que pertenezca al espacio de Schengen.

Cabe destacar que las facilidades se refieren a portadores de “visa válida y vigente” o que el extranjero demuestre documentalmente que cuenta con residencia permanente en los países o regiones mencionados. Las personas con residencia temporal o con otra calidad migratoria requieren visa. Los portadores de laissez-passer en cualquier caso requerirán visa.

Independientemente de su nacionalidad, la internación a México está condicionada a la aprobación de las autoridades migratorias en el puerto de entrada, no de la Embajada, quienes podrá revisar el motivo de su viaje, reservaciones de hotel, itinerarios de viaje que puede incluir la documentación que acredite su salida del país, carta invitación en caso de que proceda, actividades que desarrolla en su país de origen, etc. Para mayor información, puede contactar al Instituto Nacional de Migración en: https://www.gob.mx/inm#1839 

 

REQUISITOS DE LA VISA DE VISITANTE:

I.      Pasaporte válido y vigente, en original y copia

II.    Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte (4.5 cm de largo x 3.5 de ancho), con fondo blanco y de frente. NO SE ACEPTARÁN FOTOS QUE NO CUMPLAN CON ESTAS DIMENSIONES Y NO SE PODRÁ CONTINUAR CON SU TRÁMITE.

III.   Original y copia del documento que acredite su legal estancia en Venezuela (cédula y visa vigente)

IV.   Pago de derechos por la expedición de visa, de conformidad con la Ley Federal de Derechos. (Véase sección COSTO DE LA VISA)

V.    Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:

 

a.      Arraigo:

1.- Original y copia de escritura pública de bienes inmuebles a nombre del solicitante y constancia de empleo estable (antigüedad mínima de dos años), o

2.- Original y copia de escritura pública de bienes inmuebles (antigüedad mínima de dos años) y documento que acredite propiedad o participación en negocios (antigüedad mínima de dos años); o

b.      Solvencia económica:

1.- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal durante los últimos tres meses y constancia de empleo estable con antigüedad mínima de un año, o

Para mostrar que cuenta con empleo deberá presentar en original y copia constancia de empleo reciente con montos de sueldo, además de talones y/o comprobantes de pago, y comprobante de retención de cuotas de seguridad social (IVSS) del empleador.

2.- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a trescientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, durante los últimos tres meses, o

3.- En el caso de personas extranjeras que estudien de manera regular en instituciones de educación superior, deberán presentar original de constancia de estudios y original de constancia de empleo estable, pensión o beca con ingresos mensuales equivalentes a sesenta días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, durante los últimos tres meses; o

Para revisar referencia sobre “salarios mínimos general vigente en el Distrito Federal” revise la pestaña “Salario Mínimo vigente en México”, en esta sección de visas.

Tome en consideración que los estados de cuenta que se descargan de los portales de internet de los bancos no es posible distinguirlos de copias simples. Por ello, como alternativa, y a reserva de que se revise, solicite una referencia bancaria original sellada y firmada por el banco, con datos de contacto de la institución, y en la cual se mencionen los saldos promedios, así como los estados de cuenta sellados y firmados en todas sus hojas, especialmente en donde aparezcan los saldos promedios del mes.

c.       Invitación de una organización o de una institución pública o privada. (NO/NO es aplicable entre particulares)

1.- Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en algún evento o actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener los siguientes datos:

  • Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
  • Denominación o razón social de la organización;
  • Número de registro oficial, según corresponda;
  • Objeto de la organización o institución privada o pública;
  • Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
  • Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
  • Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
  • El compromiso de hacerse cargo de la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia,
  • Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien suscriba la carta responsiva.

La organización o institución privada que invita presentará original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a mil días de salario mínimo vigente para el Distrito Federal, durante los últimos doce meses. Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar solvencia económica.

Para revisar referencia sobre “salarios mínimos general vigente en el Distrito Federal” revise la pestaña “Salario Mínimo vigente en México”, en esta sección de visas.

Tome en consideración que los estados de cuenta que se descargan de los portales de internet de los bancos no es posible distinguirlos de copias simples. Por ello, como alternativa, y a reserva de que se revise, solicite una referencia bancaria original sellada y firmada por el banco, con datos de contacto de la institución, y en la cual se mencionen los saldos promedios, así como los estados de cuenta sellados y firmados en todas sus hojas, especialmente en donde aparezcan los saldos promedios del mes.

2.- Los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitado, en original y copia.

d. Causa humanitaria:

1. Estado grave de salud:

i. Si el solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de la persona extranjera que se encuentre en territorio nacional y esté en estado grave de salud, acta de matrimonio o constancia de concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia; o

Si el solicitante es hijo de la persona extranjera que se encuentre en territorio nacional en estado grave de salud, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o

Si el solicitante tiene hijo extranjero que se encuentre en territorio nacional, en estado grave de salud, acta de nacimiento del hijo extranjero, en original y copia, y

ii. Original del documento en el que conste el estado grave de salud en el que se encuentra la persona extranjera emitido por alguna institución de salud pública o privada en México, con fecha de expedición no mayor a 30 días naturales y que acredite fehacientemente que el extranjero que se encuentra en territorio nacional requiere el apoyo de su familiar.

2. Reconocimiento o recuperación de cadáver:

i. Si el solicitante era cónyuge, concubina o concubinario de la persona extranjera que falleció en territorio nacional y se requiere su intervención para reconocimiento o recuperación de cadáver, acta de matrimonio o constancia de concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia; o

Si el solicitante era hijo de la persona extranjera, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o

Si el solicitante era padre o madre de la persona extranjera, acta de nacimiento del hijo extranjero, en original y copia, y

ii. Original del documento en el que conste que el solicitante ha sido notificado de que se requiere su intervención para el reconocimiento o recuperación de cadáver emitido por autoridad competente o institución pública federal, estatal o municipal.

 

En caso de que la persona solicitante de visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas que sea mayor de 65 años, que acredite fehacientemente a juicio de la autoridad migratoria tener como propósito visitar territorio nacional con fines turísticos (mediante originales de confirmaciones de vuelos pagados, reservaciones de hoteles pagadas, itinerarios de turismo, comprobantes de pago, etc.) podrá no requerírsele que acredite alguno de los supuestos de solvencia económica.

 

La presente información es de carácter general. Los funcionarios consulares podrán allegarse de los medios de prueba que estimen convenientes para mejor proveer. En ese sentido, podrán pedir al extranjero solicitante de visa la información o datos que se requieran, sin que ello implique solicitar requisitos adicionales.

En caso de requerir visa, revise la página de visas de la Embajada (pestaña “Visitante (turista/tránsito”), consultable en:

https://embamex.sre.gob.mx/venezuela/index.php/servicios-consulares/visas

Tome en cuenta que para solicitar la visa debe necesariamente realizar su solicitud de cita, sin excepciones, a través del portal MEXITEL:

https://mexitel.sre.gob.mx/

 

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Ruta
Tarifa
CARACAS/BOLIVIA/CARACAS
Desde: 2 de diciembre de 2022 | Hasta: 31 de diciembre de 2022
Desde
762 USD
VALENCIA/PANAMA/VALENCIA
Desde: 4 de diciembre de 2022 | Hasta: 31 de diciembre de 2022
Desde
385 USD
CARACAS/CANCÚN/CARACAS
Desde: 2 de diciembre de 2022 | Hasta: 30 de diciembre de 2022
Desde
582 USD
MARACAIBO/PANAMÁ/MARACAIBO
Desde: 2 de diciembre de 2022 | Hasta: 30 de diciembre de 2022
Desde
352 USD
VALENCIA/SANTO DOMINGO/VALENCIA
Desde: 7 de diciembre de 2022 | Hasta: 30 de diciembre de 2022
Desde
410 USD
CARACAS/PANAMA/CARACAS
Desde: 2 de diciembre de 2022 | Hasta: 30 de diciembre de 2022
Desde
404 USD
CARACAS/SANTO DOMINGO/CARACAS
Desde: 7 de diciembre de 2022 | Hasta: 28 de noviembre de 2022
Desde
420 USD
CARACAS/PUNTA CANA/CARACAS
Desde: 11 de diciembre de 2022 | Hasta: 30 de diciembre de 2022
Desde
415 USD
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